Providencias que cita
A. 256/06 invoca estas providencias en su argumentación. · 85 en total.
Volver a la ficha de A. 256/06Derecho Al Debido Proceso, La Igualdad, Al Acceso A La Administracion De Justicia Y A La Vivienda Digna Vulnerados Por La Negativa Del Despacho De Terminar Y Archivar El Proceso Ejecutivo Hipotecario Surtido En Su Contra. Solicito Se Declarara La Nulidad Del Proceso Ejecutivo A Partir De Momento En Que Se Aporto La Liquidacion Del Credito Del Citado Proceso Y Se Ordenara Terminar Y Archivar El Mismo. La Sala Advirtio Que Los Juzgados No Habian Integrado Debidamente El Contraditorio. La Sala Cuarta De Revisión De La Corte Constitucional, En Procura De Garantizar El Derecho De Defensa De La Compañía Central De Inversiones S.A. -Cisa-, Cuyos Derechos Podían Verse Afectados Por La Decisión A Proferir Por Esta Sala Al Revisar Las Decisiones Judiciales Proferidas Por Los Jueces De Instancia En La Acción De Tutela Que Instauró La Señora Gladys Teresa Durán Gutiérrez Contra El Juzgado Séptimo Civil Del Circuito De Bucaramanga Y Del Banco Granahorrar, Decidió Que Por Secretaría General, Se Le Informara A La Entidad Aludida, Sobre El Presente Proceso De Tutela Con El Fin De Que Se Pronunciara En Relación Con Los Hechos Y Las Pretensiones. Se Declara La Nulidad De Lo Actuado En El Tramite De La Accion De Tutela Y Se Ordena Reiniciar El Proceso
Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-1249/04 Aduciendo Que La Sentencia Proferida En Sede De Revision Es Una "…decisión Incomprensible Y Contraria A La Constitución Nacional De 1991 Y A Los Tratados Internacionales De Derechos Humanos Tales Como La Declaración Universal De Derechos Humanos, Convención Americana De Derechos Humanos Y El Pacto Internacional De Derechos Civiles Y Políticos" Porque La Sala Séptima De Revisión "decidió Negarnos De Manera Arbitraria La Protección Y El Amparo De Nuestros Derechos Constitucionales Fundamentales Al Debido Proceso Y De Acceso A La Administración De Justicia (...) A Un Grupo De 1500 Personas Entre Las Cuales Me Encuentro Y Me Hallo Yo, Ana Paulina Pinto De Bermúdez". Jurisprudencia Respecto A La Nulidad De Las Sentencias De La Corte. Procedibilidad De La Solicitud De Nulidad De La Sentencias De Tutelas Proferidas Por Las Salas De Revisión. La Solicitud De Nulidad Impetrada Carece Entonces De Los Requisitos De Procedibilidad Señalados Por La Jurisprudencia De Esta Corporación. Negada
Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-1308/05 Por Considerarla Violatoria Del Derecho Al Debido Proceso Al Considerar Que La Sala Quinta Desconcoe La Jurisprudencia De La Corte Constitucional En Sala Plena, En Relación Con El Respeto A Las Mayorías Absolutas, La Cual Se Encuentra Reconocida En Las Sentencias Sobre Control Constitucional A La Ley Y A Los Actos Reformatorios De La Constitución Por Vicios De Procedimiento. Procedencia Excepcional De Las Solicitudes De Nulidad Que Se Formulan Contra Las Sentencias De La Corte Constitucional. Criterios Normativos Y Jurisprudenciales De Aplicación. La Declaratoria De Nulidad De Una Sentencia Proferida Por Esta Corporación, Sólo Esta Llamada A Prosperar Cuando Quien Propone El Incidente Logra Acreditar El Cumplimiento De Los Requisitos Formales Y Sustanciales Previamente Señalados. Por El Contrario, Si La Solicitud De Nulidad No Se Formula En Tiempo O No Se Demuestra La Existencia De Alguna Irregularidad Ostensible Que Afecte Sustancialmente Los Términos De La Decisión Adoptada Por La Corte, La Naturaleza Excepcional Y Extraordinaria Que Identifica Este Tipo De Incidentes Debe Conducir A Su Denegación. Requisitos Especiales De Procedencia Referentes A La Causal De Nulidad Por Cambio De Jurisprudencia. Inexistencia De Cambio De Jurisprudencia En Cuanto A La Procedencia Del Amparo Constitucional Frente A La Vulneración Del Derecho Fundamental Al Debido Proceso Administrativo En La Elección Del Cargo De Rector En Los Entes Universitarios Autónomos. En El Presente Incidente No Se Demostró La Existencia De Un Cambio De Jurisprudencia Conforme A Los Requisitos Exigidos Por Esta Corporación, Limitándose El Impugnante A Controvertir Nuevamente La Misma Materia Analizada Por Este Tribunal En El Fallo De La Referencia, Sin Demostrar -En La Práctica- La Ocurrencia De Una Causal Que Condujera A La Violación Del Derecho Fundamental Al Debido Proceso. Negada
Solicitudes De Nulidad De La Sentencia T-481/05 Dentro De La Accion De Tutela Presentada Por El Gobernador Del Departamento Del Valle Contra El Tribunal De Arbitramento Que Dirimio Las Controversias Economicas Con Ocasión Del Contrato De Concesion, Y Contra El Consejo De Estado Que Declaro Infundado El Recurso De Anulacion Presentado Por La Gobernacion Contra El Referido Laudo Arbitral. La Solicitud De Nulidad Se Soporta En Que: La Sala Primera De Revision Desconocio La Jurisprudencia Reiterada De La Sala Plena De La Corte Sobre Las Vias De Hecho Que Dan Lugar A La Prosperidad De La Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales; Crea Una Situacion En Que Se Deja Al Particular Sin Derecho A Acceder A La Administracion De Justicia; Representa Un Cambio De La Jurisprudencia Establecida Por La Sala Plena Sobre La Intangibilidad De La Cosa Juzgada Constitucional; Se Violo El Debido Proceso; Desconocio El Principio De Subsidiariedad De La Accion De Tutela; Se Modifico La Jurisprudencia De La Corte Constitucional Sobre Vias De Hecho Establecida Por La Sala Plena; Desconocio La Cosa Juzgada Al Otorgarle Efectos Retroactivos A Una Sentencia Que No Lo Establecia. Competencia De La Sala Plena Para Resolver Las Solicitudes De Nulidad De Las Sentencias De Tutela Proferidas Por Las Salas De Revision De Esta Corporacion. Las Causales De Nulidad Analizadas - (I) Cambio De Jurisprudencia Sobre La Doctrina De La Vía De Hecho En Que Llegaren A Incurrir Las Providencias Judiciales, Efectuado Por Una Sala De Revisión Y No Por La Sala Plena Y (Ii) Desconocimiento Del Derecho Fundamental Al Debido Proceso De Una De Las Partes, Específicamente El Derecho A Acceder A La Administración De Justicia- Son Fundadas, Lo Cual Debe Conducir A Que La Sentencia T-481 De 2005 Sea Declarada Nula Por La Sala Plena De La Corte Constitucional, Haciendo Innecesario Continuar Con El Análisis De Las Demás Causales De Nulidad Alegadas. Declara La Nulidad De La Sentencia T-481/05
Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-757/05. La Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-757 De 2005 Se Fundamenta En Considerar Que La Decision Adoptada Habia Vulnerado El Derecho Al Debido Proceso. Requisitos Para La Procedencia Excepcional De La Declaratoria De Nulidad De Las Sentencias De Revisión De Acciones De Tutela. Presupuestos Formales Y Materiales De Procedencia. El Desconocimiento Del Precedente Constitucional Como Causal De Nulidad De Las Sentencias. La Facultad De Unificación De Que Es Titular El Pleno De Esta Corporación Es, Entonces, La Instancia Adecuada Para Solucionar Los Desacuerdos En El Sentido De La Decisión Entre Las Salas De Revisión. Por Ende, La Nulidad De Los Fallos No Es El Remedio Idóneo Para El Arreglo De Tales Controversias, Pues Tal Posibilidad Excepcional Está Restringida Únicamente A Aquellos Casos En Que Concurre Jurisprudencia En Vigor Para La Solución De Un Caso Concreto Y La Sala De Revisión, De Forma Injustificada, Adopta Una Decisión En Sentido Distinta. La Sala Cuarta De Revisión No Incurrió En Una Modificación De La Jurisprudencia Constitucional, En La Medida En Que Para El Asunto De La Procedencia De La Acción De Tutela Para Impugnar Las Decisiones Adoptadas Al Interior De Los Procesos De Selección Para Cursos De Formación Militar No Existe Una Jurisprudencia En Vigor. Negada
Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-778/05. Jurisprudencia Sobre Nulidad De Las Sentencias De La Corte. Cuestiones Previas Al Analisis De Nulidad De La Sentencia T-778/05. Procedibilidad De Las Solicitudes De Nulidad. Alcance Del Deber De Notificacion En Sede De Tutela. Los Solicitantes De La Nulidad No Invocan Su Condición De Partes, Intervinientes O Destinatarios De La Orden Impartida En La Sentencia T-778 De 2005 Para Exigir Que Dicha Sentencia Sea Invalidada Por No Haber Sido Notificados Para Que Pudieran Defenderse En El Proceso De Tutela. Los Solicitantes De La Nulidad No Intervinieron En El Mismo Ni Pidieron Ser Constituidos Como Parte En El Proceso De Tutela. Un Cargo De Nulidad Debe Ofrecer Parámetros De Análisis Y Demostrar, Mediante Una Carga Argumentativa Suficiente, El Desconocimiento Del Debido Proceso, Lo Que No Se Cumple En El Referido Cargo. Las Pruebas Decretadas Por La Corte Constitucional En Este Caso Atendieron A Los Criterios Establecidos Por La Jurisprudencia De La Corte Constitucional No Solo De Manera General, Respetando Los Principios Relativos Al Régimen Probatorio En La Acción De Tutela. No Les Asiste Razón A Los Solicitantes Cuando Aducen Que La Tutela Efectuó Un Pronunciamiento Sobre El Artículo 27 Del Decreto 1421 De 1993. Negada
Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-516/05. Antecedentes Del Proceso De Tutela Que Dio Origen A La Sentencia T-516/05. Fundamentos De La Solicitud De Nulidad: Falta De Competencia De La Corte Constitucional Para Interpretar Las Disposiciones De Orden Legal Relacionadas Con La Accion De Grupo, Desconocimiento De La Existencia De Cosa Juzgada Constitucional, Cambio De Criterio Consagrado Por La Sala Plena En Relacion Con Las Acciones De Grupo Y El Principio De Economia Procesal, Y Falta De Notificacion A Terceros Interesados En La Accion De Tutela. Nulidad De Sentencias Proferidas Por La Corte Constitucional. Verificacion Del Requisito De Oportunidad En El Caso Concreto. Negada
Derecho Al Minimo Vital Y La Seguridad Social En Conexidad Con El Derecho A La Vida De Cónyuge De Afiliado A Quien La Entidad Le Niega El Reconocimiento Y Pago De La Pension De Sobrevivientes. Necesidad De La Debida Integración Del Contradictorio En Los Procesos De Tutela. Dispone Que La Secretaria General De La Corte Constitucional Informe Al Representante Del Hospital San Cristóbal De Cienaga La Existencia Del Proceso De Tutela
Accion De Tutela Contra Almacenes El Lobo Instaurada Por Extrabajador Que Cotizo Para Pension Por Periodo Que La Entidad No Le Certifica, Vulnerando Su Derecho De Petición. El Juzgado Nego La Accion Interpuesta Por Cuanto Al Entidad Demandada, Es Un Particular Que No Presta Un Servicio Publico, Y Por Cuanto El Derecho De Peticion Aun No Se Encuentra Reglamentado En Relacion Con Los Particulares. Se Omitio Por Parte Del Juzgado La Notificacion En Legal Forma De La Iniciación Del Proceso De Tutela Al Representante Legal De Almacenes El Lobo, Negandose Toda Posibilidad De Que La Parte Accionada Fuera Vinculada Al Proceso Y Escuchada. Con La Omision De Notificación Tambien Se Violo El Principio De Igualda De Las Partes Ante La Ley Procesal Que Exige El Otorgamiento De Las Mismas Oportunidades Para La Defensa De Sus Intereses. La Sala Considera Que Se Estructuira En El Presente Caso Una Causal De Nulidad Del Proceso. Se Declara La Nulidad De Lo Actuado A Partir Del Auto Admisorio De La Accion De Tutela Y Se Devuelve El Expediente Al Juez De Conocimiento Para Que Tramite El Proceso En Debida Forma
Incidente De Nulidad De La Sentencia T-368/05. Deniega La Nulidad De La Sentencia Precitada.
Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-268/05. Obligación De Vinculacion Del Tercero Afectado Por Los Resultados Del Proceso Por Parte Del Juez De Tutela. Declarar La Nulidad Del Proceso De Tutela Del Señor Victor Hugo Orjuela Guerrero Contra La Alcaldía Mayor De Bogota, Incluida La Sentencia T-268/05, Desde El Auto Que Admitio La Solicitud
Deber Del Juez De Tutela De Notificar En Debida Forma Las Providencias Que Profiera. La Notificación Debe Ser Eficaz. Ausencia De Notificación Del Demandado. Declara La Nulidad De Todas Las Actuaciones Surtidas En El Proceso A Partir Del Auto Admisorio De La Accion Y Se Ordena El Reinicio Del Proceso
Derecho Al Debido Proceso En Conexidad Con El Derecho A Un Medio Ambiente Sano Por Sentencia Que Niega Pretensiones De La Demanda De Desalojo De Zonas De Actividad Minera Y Niega Practica De Pruebas Solicitadas Dentro De Accion De Cumplimiento. Vias De He
Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-1189 De 2003.
Nulidad Sentencia T-1232/03. Edgar Jose Perea Arias Vs. Consejo De Estado. Negada
Derecho Al Debido Proceso. Via De Hecho. Proceso De Nulidad Y Restablecimineto Del Derecho. Declaracion Desierto Recurso De Apelacion Interpuesto Contra Sentencia. Pago De Correo Aereo Para Remision De Proceso Al Superior. Falta De Legitimidad Por Activa.
Derecho De Peticion. Solicitud Pension De Vejez. Respuesta Pronta Y Oportuna. Regimen De Transicion. Compartibilidad Pensional. Tutela Contra Providencias Judiciales. Procedibilidad. Autonomia Judicial. Eficacia. Buena Fe. Concedida.
Derechos A La Dignidad Salud Y Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensiónales Y Cotizacion Para Salud. Calificacion Y Graduacion De Creditos. Responsabilidad Patrimonial Subsidiaria. Efectos Inter Comunis De Los Fallos. Coltejer. Fabricat
Derechos Al Debido Proceso Igualdad Trabajo Y Seguridad Social. Via De Hecho. Indexacion De La Primera Mesada Pensional. Principio De Favorabilidad. Confianza Legitima. Doctrina Probable. Equidad. Situaciones No Prevsitas En Jurisdiccion Laboral. Cosa Juz